Tirar el corazón de una manzana al mar puede parecer que no tiene ningún impacto, ya que el alimento es biodegradable. Sin embargo, aunque esté permitido arrojar ciertos tipos de residuos al mar, existen normas. El Convenio Marpol, concebido originalmente para los grandes buques, establece normas estrictas sobre el vertido de residuos en el mar. ¿Qué tipos de residuos están autorizados y en qué zonas marítimas? Infórmese sobre la normativa para navegar de forma responsable, incluso en su embarcación de recreo
¿Qué es el Convenio Marpol?
El Convenio Marpol, oficialmente conocido como “Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques”, es un acuerdo internacional creado por las Naciones Unidas para luchar contra la contaminación marina. El anexo V del Convenio, destinado a regular las prácticas de eliminación de residuos en el mar, se aplica tanto a los buques mercantes, para los que se concibió originalmente, como a las embarcaciones de recreo.
¿Qué residuos pueden verterse al mar?
Los navegantes deben conocer y cumplir las estrictas normas del Convenio Marpol sobre vertido de residuos. Según este convenio, los tipos de residuos que pueden verterse en el mar dependen de su naturaleza y de la zona marítima en la que se navegue.
- Residuos alimentarios los residuos alimentarios pueden verterse al mar en determinadas condiciones. El vertido está prohibido a menos de 3 millas náuticas de la costa. Entre 3 y 12 millas náuticas, los residuos alimentarios pueden verterse siempre que se trituren o pulvericen, por ejemplo a través de un tamiz con aberturas inferiores a 25 milímetros. Más allá de las 12 millas náuticas, se pueden verter residuos alimentarios sin triturar.
- Residuos plásticos el vertido de cualquier tipo de plástico está estrictamente prohibido en el mar, independientemente de la zona.
- Residuos de papel, vidrio, metal y cerámica estos residuos pueden verterse a más de 12 millas de la costa, siempre que estén completamente triturados y puedan pasar por un tamiz de menos de 25 mm.
- Aguas residuales se permite el vertido de aguas residuales a más de 3 millas náuticas de la costa, previo tratamiento o dilución adecuada, y sin restricciones a partir de 12 millas náuticas.
¿De qué zonas marítimas se trata?
Los mares y océanos cubiertos por esta normativa incluyen todas las zonas marítimas internacionales. Sin embargo, el Convenio Marpol designa ciertas zonas especiales, donde las normas son aún más estrictas, para proteger ecosistemas especialmente sensibles. Estas zonas especiales incluyen :
- Mar Mediterráneo
- Mar Báltico
- Mar Negro
- El Mar Rojo
- Golfo Pérsico
- La zona del Mar del Norte
- Antártida
- La región del Caribe
En el Mediterráneo, por ejemplo, está prohibido tirar papel, metal, vidrio, etc. además de plástico. Los residuos de alimentos sólo están autorizados hasta 12 millas de la costa. En el Atlántico y el Canal de la Mancha, los alimentos, tejidos, vidrio, etc. están autorizados a más de 12 millas de la costa. Por último, en la zona antártica está prohibida la eliminación de productos avícolas introducidos (aves y aves de corral), a menos que hayan sido tratados para esterilizarlos.
Fuente: Barcos News