Amarradero en San Fernando

Según la Resolución RESO-2020-2642-GDEBA-MJGM del gobierno de la provincia de Buenos Aires emitida en la tarde noche de este viernes, se autoriza en el ámbito de la provincia  la práctica de algunos deportes en los cuales se incluyen “las actividades náuticas deportivas a motor con familiares convivientes”. Será de lunes a viernes y solo resta ahora la fecha de publicación en el Boletín Oficial para que la norma quede efectiva.

 

Finalmente y después de mucho esperar, la Provincia de Buenos Aires emitió en la tarde del viernes la Resolución Reso-2020-2642-GEDEBA-MJGM, la cual, entre otras actividades deportivas, habilita la reapertura de la actividad náutica en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires y que incluye la zona donde se concentra el mayor parque náutico de la República Argentina: San Isidro, San Fernando y Tigre. La autorización especifica claramente que se permitirá las actividades náuticas deportivas a motor con familiares convivientes. La resolución, en el artículo 2, especifica que será de lunes a viernes.

Era la información que en los últimos días estaban manejando los intendentes Julio Zamora (Tigre) y Juan Andreotti (San Fernando). Les habían anticipado desde el ejecutivo de la provincia esta resolución estaba siendo estudiada y finalmente se estableció la resolución en la tarde del ayer. Sin dudas, el trabajo de los intendentes codo a codo con las distintas entidades náuticas, como los genuinos reclamos de los trabajadores de la industria y los usuarios de embarcaciones solicitando volver al río, bajo esa consigna que se consolidó en los últimos tiempos que “el río no contagia”, evidentemente dio sus frutos y permitieron a los funcionarios entender la problemática del sector y posteriormente habilitar la actividad bajos los protocolos correspondientes.

Además, el listado de deportes que se permitiran incluyen otros relacionados a la actividad náutica, como: Canotaje individual; Yachting vela individual; Surf, sólo en la modalidad escuela de surf; Pesca deportiva individual, con distanciamiento en clubes de pesca. En este último caso, no específica la pesca embarcada, por lo que se deduce que está incluída en las actividades náuticas a motor con familiares convivientes.

Listado completo de Actividades Habilitadas

Las actividades náuticas deportivas a motor con familiares convivientes entendemos también que incluye la navegación a vela, teniendo en cuenta el gran parque náutico de veleros radicados en la Provincia de Buenos Aires.

La resolución habla de la autorización en la toda la provincia, por lo que también se deduce que quedan habilitadas todas las zonas de navegación: Costa Atlántica, ríos interiores, lagunas, Río de la Plata y Delta del Paraná. 

La resolución estipula que las personas alcanzadas en los deportes habilitados deberán tramitar el certificado de circulación: “Las personas que se encontraren alcanzadas por las autorizaciones previstas en la presente resolución deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación –Emergencia Covid-19, establecido por la Decisión Administrativa N° 1518/2020 del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada”.

Además también, la resolución habla de la aprobación de un Protocolo correspondiente a cada actividad, que seguramente tendrá que ser confeccionado, en el caso de la náutica, entre las Cámaras que nuclean la actividad, las guarderías, clubes náuticos, amarraderos, los municipios y la Prefectura Naval Argentina. A dichas pautas de protocolo no hemos tenido acceso aún.

Por el momento, sólo resta saber la fecha de la implementación de esta autorización. La resolución no especifica ninguna fecha de inicio. Entendemos que la misma queda efectiva cuando la resolución sea publicada en el Boletín Oficial. A partir de ese momento, la actividad náutica (casi en su totalidad) se reencontrara con la deseada reapertura después de más de seis meses de cuarentena.

Resolución completa

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