Para los residentes de Misiones y Corrientes respectivamente.

 

A través de la Decisión Administrativa 1524/2020, publicada este jueves en el Boletín Oficial, se habilitó el desarrollo de la actividad turística local, en el ámbito del Parque Nacional Iguazú, exclusivamente para residentes de la Provincia de Misiones y a la actividad turística y al alojamiento turístico que se desarrolle en el ámbito del Parque Nacional Iberá, exclusivamente para los residentes de la Provincia de Corrientes.

El texto explica que se deberán respetar los protocolos anexados y que, “en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19”.

Por otra parte, se destaca “los o las titulares o responsables de los lugares donde se efectúen las tareas autorizadas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras y sus trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros; de la misma manera, las personas que asistan a los citados parques deberán hacerlo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros”.

Fuente: El Litoral

PUBLICACIÓN DESICIÓN ADMINISTRATIVA

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